Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
07-07-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160707-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

84
Madrid número 17. Procedimiento 741 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 741 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Castro Zegarra, frente a “Escudo Comunicación y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia con fecha 2 de junio de 2016, cuya resolución es la siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por don Javier Castro Zegarra, contra “Escudo Comunicación y Servicios, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de 566,44 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe formular recurso de suplicación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Escudo Comunicación y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 3 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.753/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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