Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
06-07-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160706-144

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

144
Madrid número 35. Ejecución 110 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Blanca Galache Díez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 110 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jassey Pa Saba, frente a “Festivales y Espectáculos, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 825,00 euros de principal y 128,00 euros calculados para intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Festivales y Espectáculos, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Asimismo, hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial; se pone en conocimiento de la parte interesada que podrá retirar, una vez firme la presente resolución, los testimonios de las resoluciones necesarias a efectos de acudir al Fondo de Garantía Salarial, por comparecencia en la Secretaría de este Juzgado, del propio interesado o de representante legal (debiendo ponerse previamente en contacto con este Juzgado).

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2808/0000/64/0110/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Festivales y Espectáculos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.666/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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