Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
06-07-2016

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160706-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

URBANISMO

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Hoyo de Manzanares. Urbanismo. Estudio de Detalle

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de junio de 2016, en relación al punto cuatro, “Aprobación inicial, si procede, del Estudio de Detalle de la UA-5 de las Normas Subsidiarias de Hoyo de Manzanares”, adoptó el acuerdo que en su parte dispositiva, entre otros extremos, dice así:

Primero.—Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de la UA-5 de las Normas Subsidiarias SS de Hoyo de Manzanares, redactado por el arquitecto don Luis Alberto Morales Blasco, fechado en septiembre de 2014, cuyo objeto es reajustar las alineaciones y rasantes previstas en las Normas Subsidiarias para el desarrollo de la UA-5.

Segundo.—Someter el expediente a información pública por un plazo de veinte días desde la publicación del anuncio de la aprobación inicial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Comunidad. Durante el período de información pública, podrá examinarse el Estudio de Detalle por cualquier persona y formularse las alegaciones que procedan.

Tercero.—Notificar personalmente a los propietarios y demás interesados directamente afectados, comprendidos en el ámbito territorial del Estudio de Detalle, la aprobación inicial y la apertura del trámite de información pública.

Cuarto.—Suspender el otorgamiento de las licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición, en las áreas afectadas por el Estudio de Detalle (UA-5) y cuyas nuevas determinaciones supongan modificación del régimen urbanístico vigente.



En Hoyo de Manzanares, a 10 de junio de 2016.—El alcalde-presidente, José Ramón Regueiras García.

(02/22.174/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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