Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160705-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 1

142
Castellón número 1. Ejecución 12 de 2016

EDICTO

Don José Manuel Sos Sebastiá, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Castellón.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de ejecución número 12 de 2016, a instancias de doña Vanesa Bueso Guillamón, contra “Eradental, Sociedad Limitada”, en los que el día 8 de junio de 2016 se ha dictado decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Se declara a la empresa “Eradental, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, en el sentido legal y con carácter provisional, para responder de la cantidad total de 10.481,45 euros de principal que adeuda a doña Vanesa Bueso Guillamón, así como para el pago de intereses y costas devengados, sin perjuicio de continuar el procedimiento ejecutivo si se conocen nuevos bienes de aquella, a cuyo efecto podrán efectuarse las averiguaciones necesarias.

Dése a esta resolución a la publicidad que corresponda y archívense las actuaciones, dejando nota en el libro correspondiente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración firme de insolvencia de la ejecutada se hará constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoles que contra ella cabe interponer recurso directo de revisión, por escrito y en el plazo de tres días, con expresión de la infracción cometida. De conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurrente sin derecho a justicia gratuita, y exceptuándose el ministerio fiscal y las Administraciones Públicas, al tiempo de interposición del recurso deberá presentar resguardo acreditativo del depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, cuenta del expediente. Si no se cumplen los requisitos indicados, no se admitirá a trámite el recurso.

Y para que conste y sirva de notificación a la mercantil “Eradental, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Castellón, a 8 de junio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.376/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160705-142