Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160704-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

70
Madrid número 66. Procedimiento 1 de 2016

EDICTO

Doña María Teresa Martín Antona, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 1 de 2016, instados por el procurador don José Manuel Merino Bravo, en nombre y representación de doña Alba Lucía Piedrahita Uribe, contra don Arnoldo Valcuena Rojas, en los que se ha dictado en fecha 6 de junio de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don José Manuel Merino Bravo, en nombre y representación de doña Alba Lucía Piedrahita Uribe, contra don Arnoldo Valcuena Rojas, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio formado por los expresados, por divorcio, y la disolución del régimen económico matrimonial.

Sin expresa imposición de costas.

Una vez firme la presente, comuníquese al Registro Civil correspondiente para su inscripción.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Publicación

Firmada la anterior resolución es entregada en el día de hoy en este Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a los autos, quedando el original archivado en el libro correspondiente.— Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Arnoldo Valcuena Rojas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.230/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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