Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2016

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160701-8

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

8
EXTRACTO de la Orden 2159/2016, de 29 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al curso 2016-2017 de becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad, cofinanciadas, a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil, por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil.

BDNS: 310709

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web (www.madrid.org).

Primero

Beneficiarios

Alumnos de entre dieciséis a treinta años que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con la condición de beneficiario, al cumplir con todos los requisitos establecidos normativamente.

b) Acreditar las siguientes circunstancias:

— No haber trabajado en los treinta días naturales anteriores al momento de recibir la actuación.

— No haber recibido acciones educativas que conlleven más de cuarenta horas mensuales en los treinta días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

— No haber recibido acciones formativas que conlleven más de cuarenta horas mensuales en los treinta días naturales anteriores al momento de recibir la actuación.

Segundo

Objeto

Las ayudas tienen por objeto la realización de los siguientes estudios en centros autorizados por la Comunidad de Madrid:

a) Curso de preparación de la prueba para la obtención del título de Educación Secundaria Obligatoria, para mayores de dieciocho años.

b) Curso de formación específico para el acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.

c) Curso de Formación Profesional de Grado Medio.

d) Programas profesionales dirigidos a la obtención de Certificados de Cualificación Profesional de nivel 1 para alumnos que no tengan título de Educación Secundaria Obligatoria.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 1805/2016, de 3 de junio, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de junio de 2016.

Cuarto

Cuantía

El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria asciende a 5.000.000 de euros.

La dotación de las becas, con carácter general, será de 5.000 euros anuales, a razón de 500 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2016 a junio de 2017, ambos inclusive, sin que en ningún caso pueda superar el coste de los estudios subvencionados.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Criterios de baremación

Las solicitudes se puntuarán en función de la edad del solicitante, priorizando a aquellos solicitantes que estén más próximos a cumplir la edad máxima prevista en el Sistema de Garantía Juvenil.

Madrid, a 29 de junio de 2016.

El Consejero de Educación, Juventud y Deporte, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/24.613/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160701-8