Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2016

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160701-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES SIERRA OESTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste. Régimen económico. Modificación de créditos

En la Secretaría General de esta Entidad Local, a efectos de lo dispuesto en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, se halla expuesto al público el expediente 1/2016, de modificación presupuestaria mediante créditos extraordinarios y suplementos de crédito financiados con cargo a remanentes líquidos de tesorería, expediente que ha sido aprobado inicialmente por la Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste, en sesión ordinaria celebrada el 28 de junio de 2016.

Las personas que resulten interesadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 169.1 del mencionado Real Decreto Legislativo podrán formular las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes normas:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días a partir del siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste, en la calle Juan de Toledo, número 27, planta baja, de San Lorenzo de El Escorial (28200 Madrid).

c) Órgano ante el que se reclama: Junta de la Mancomunidad.

En San Lorenzo de El Escorial, a 29 de junio de 2016.—La presidenta de la Mancomunidad, Silvia Ajates Rodríguez.

(03/24.537/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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