Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160701-225

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 1

225
Sevilla número 1. Ejecución 70 de 2015

EDICTO

La letrada de la Administración de Justicia, en sustitución, del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 70 de 2015, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Isabel Herrera Segura, contra “Multilíneas de Lavado”, “Multicleaner Lavandería” y “Seco y Agua de Madrid, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 3 de junio de 2016 se ha dictado decreto, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Decreto número 363 de 2016

Letrada de la Administración de Justicia, en sustitución, doña Manuela Díaz Guerra.—En Sevilla, a 9 de mayo de 2016.

El anterior escrito presentado, vía LexNet, por el letrado de la parte actora, únase; y

Parte dispositiva:

Acuerdo: Unir el anterior escrito presentado por el letrado de la parte actora y, en consecuencia, transfiérase el importe de 0,04 euros a la cuenta bancaria facilitada por la parte actora en el escrito referido.

Declarar a las ejecutadas “Multilíneas de Lavado”, “Multicleaner Lavandería” y “Seco y Agua de Madrid, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia por importe de 44.818,62 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante para que surte efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Hágase saber a dicha parte que para la retirada del testimonio deberá comparecer en este Juzgado en día hábil y hora de audiencia.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, sucursal de la calle José Recuerda Rubio, número 4, de Sevilla, cuenta número 4020/0000/64/0070/15, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un “Recurso”, seguido del código “31 Social-Revisión”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del “Banco Santander”, número IBAN ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274 (en formato papel), indicando el “Beneficiario” Juzgado de lo social número 1 de Sevilla, y en “Concepto” se consignarán, en un solo bloque y este separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los dieciséis dígitos (antes expresados) de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dieciséis dígitos (separados por un espacio) el código “31 Social-Revisión”.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Multilíneas de Lavado”, “Multicleaner Lavandería” y “Seco y Agua de Madrid, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones les serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla.—La letrada de la Administración de Justicia, en sustitución (firmado).

(03/22.009/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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