Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160701-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

155
Madrid número 26. Procedimiento 643 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María García Ferreira, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 643 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elisa Sierra Martín, doña Gemma Larriba Sánchez y doña Mónica Sánchez Nieto, frente a “Acais, Comunidad y Desarrollo, Sociedad Cooperativa Madrileña”, “Aebia Tecnología y Servicios, Sociedad Limitada”, Asociación Centro Trama y Usera Asociación Centro, sobre materia laboral, se ha dictado sentencia que no es firme.

Contra dicha resolución puede interponerse ante este Juzgado recurso de suplicación en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la sentencia que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado, sito en Madrid, calle Princesa, número 3.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Usera Asociación Centro, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/21.953/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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