Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160701-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

99
Madrid número 14. Procedimiento ordinario 451 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 451 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Asencio Cortés, don Juan Antonio Asencio Cortés y doña María Jesús Cortés Cantero, frente a “Ala Ingenierías y Obras, Sociedad Anónima”, “Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, “Applus Norcontrol, Sociedad Limitada”, “Mapfre Familiar, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, “Redes de Tuberías y Montajes del Sur, Sociedad Limitada”, “Saint Gobain Cristalería, Sociedad Anónima”, “Generali España, Sociedad Anónima, Seguros y Reaseguros”, y “XL Insurance” (sucursal en España), sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 6 de junio de 2016.

Por recibido escrito de la letrada de la parte actora, únase a los autos de su razón.

A la vista de su contenido, se amplía la demanda frente a la aseguradora “XL Insurance”, sucursal en España, dándole traslado de la copia de la demanda, decreto de admisión de la demanda y cédula de citación a juicio, al domicilio obtenido a través de medios informáticos del Juzgado al no ser facilitado por la citada letrada, requiriéndole que en el plazo de tres días aporte el número de cédula de identificación fiscal para contrastar el domicilio que obre en el Registro Mercantil.

Dese traslado al resto de las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Redes de Tuberías y Montajes del Sur, Sociedad Limitada”, y “Ala Ingenierías y Obras, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.160/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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