Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
30-06-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160630-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

100
Madrid número 14. Procedimiento 647 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 647 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio González Gallego, don Antonio Romero Gil, doña Bárbara Meneses Pagadizábal, don Herman Vermaelen, doña Laura Molina Belinchón, doña Lourdes Vidal Martínez, don Octavio Augusto de Soto López y doña Susana Álvarez Macías, frente a “Digital Friendly Communications Spain, Sociedad Limitada”, “NPG Technology, Sociedad Anónima”, “NPG Technology, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y don Iker Filloy Nieva, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 3 de junio de 2016.

La letrada doña María Ángeles Alonso García, en nombre y representación de doña Susana Álvarez Macías, don Antonio Romero Gil, don Antonio González Gallego, don Herman Vermaelen, don Octavio Augusto de Soto López, doña Lourdes Vidal Martínez, doña Bárbara Meneses Pagadizábal y doña Laura Molina Belinchón, ha presentado escrito de formalización en fecha 1 de junio de 2016 del recurso de suplicación y acuerdo:

Tener por formalizado el recurso, y fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia y del escrito de formalización.

Dar traslado del mismo a la parte contraria para su impugnación en el término de cinco días, si así le conviniere.

La impugnación deberá llevar la firma de letrado o graduado social colegiado para su admisión a trámite, quien deberá consignar un domicilio en la localidad en que radica la sede del Tribunal Superior de Justicia (artículo 198 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Conforme el artículo 197.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, de formularse en el escrito de impugnación alegaciones sobre inadmisibilidad o sobre alguno de los motivos del artículo 197.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, podrán las demás partes presentar directamente en el plazo de dos días desde que se le de traslado del escrito alegaciones al respecto.

Transcurrido el plazo de impugnación y, en su caso, el de alegaciones, háyanse presentado o no escritos en tal sentido, se elevarán los autos a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Digital Friendly Communications Spain, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/21.811/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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