Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2016

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160628-172

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

172
Móstoles número 2. Ejecución 106 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Camapña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en la ejecución número 106 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelmajid Bel Hadj, don Ángel Miguel Camacho Martínez, don Aniceto Ochante Huaccan, don Daniel García-Gasco García-Talavera, don David Mariblanca Martín, don Francisco Domínguez Cuntin, don Isaac Vidal Apaza Mamani, don Jorge Eduardo Contento Pacheco, don José Luis Romero Alonso, don Juan Santiago López Alonso, don Khalid Bannaamari, doña María del Carmen Marín Molina, don Saturday Osahon y don Víctor Heras Gascón, frente a “Construcciones Vicam, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado decreto de fecha 23 de mayo de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en el decreto de fecha 20 de mayo de 2015, consistente en un error aritmético al calcular las cantidades pendientes de pago de los ejecutantes don Aniceto Ochante Huaccan, don Abdelmajid Bel Hadj, don Saturday Osahon, don Isaac Vidal Apaza Mamani, don Jorge Eduardo Contento Pacheco, don Víctor Heras Gascón y don Francisco Domínguez Cuntín, quedando redactada su parte dispositiva en los siguientes términos:

«A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 69.822,18 euros de principal pendiente, 2.649,01 euros de interés por mora y 9.431 euros de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada “Construcciones Vicam, Sociedad Anónima Unipersonal”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago, con el siguiente desglose del principal:

A don José Luis Romero Alonso, 18.545,29 euros.

A doña María del Carmen Marín Molina, 906,26 euros.

A don Aniceto Ochante Huaccan, 3.480,11 euros.

A don Abdelmajid Bel Hadj, 5.672,58 euros.

A don Saturday Osahon, 4.426,10 euros.

A don Isaac Vidal Apaza Mamani, 3.120,95 euros.

A don Jorge Eduardo Contento Pacheco, 1.679,94 euros.

A don Víctor Heras Gascón, 3.907,07 euros.

A don Francisco Domínguez Cuntín, 4.728,91 euros.

A don Juan Santiago López Alonso, 6.194,22 euros.

A don David Mariblanca Martín, 6.207,75 euros.

A don Khalid Bannaamari, 6.101,05 euros.

A don Daniel García-Gasco García-Talavera, 2.479,68 euros.

A don Ángel Miguel Camacho Martínez, 2.372,27 euros.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.»

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Vicam, Sociedad Anónima Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 31 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/21.297/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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