Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160628-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

116
Madrid número 16. Procedimiento 1.351 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.351 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Calvo Ortega, frente a “Life Quality Techology, Sociedad Limitada”, y administración concursal, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuya resolución es la siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don José Manuel Calvo Ortega, debo declarar y declaro la improcedencia del despido y, en consecuencia, condeno a la empresa “Life Quality Techology, Sociedad Limitada”, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone al actor la indemnización cifrada en 8.147,37 euros, calculada a razón de cuarenta y cinco días por año trabajado hasta el día 12 de febrero de 2012 y de treinta y tres días por año trabajado a partir de ese día hasta la fecha del día de hoy.

Y la cantidad de 964,79 euros por los conceptos expresados, incrementada en un 10 por 100 de interés por mora los de naturaleza salarial.

Sin efectuar especial pronunciamiento frente al Fondo de Garantía Salarial ni la administración concursal.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Life Quality Techology, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 31 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/21.529/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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