Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160628-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3

81
Parla número 3. Juicio 18 de 2016

EDICTO

Doña Trinidad Sánchez Ramos, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 3 de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio inmediato por delito leve número 18 de 2016 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Parla, a 30 de marzo de 2016.—Vistos por mí, doña Aurora de Blas Hernández, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Parla, los presentes autos de juicio por delito leve inmediato de hurto número 18 de 2016, siendo denunciante la letrada doña María Cristina Alonso, y siendo denunciado don Valentín Nicolae Badea, habiendo sido parte el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Valentín Nicolae Badea, como responsable criminalmente de un delito leve de hurto a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Notifíquese a las partes la presente resolución en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Valentín Nicolae Badea, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 30 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/21.413/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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