Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2016

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160628-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ATAZAR

OTROS ANUNCIOS

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El Atazar. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

Decreto 35/2016.—Don Juan Ramón Fernández Barreno, alcalde-presidente del Ayuntamiento de El Atazar, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, en particular por lo dispuesto en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el procedimiento de elección de juez de paz titular y sustituto de la localidad, y en virtud de lo establecido en el ordenamiento jurídico, considerando:

1. Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez de paz titular y sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Resuelvo:

1. Abrir un plazo de veinte días hábiles, desde la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etcétera.

En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

En El Atazar, a 16 de junio de 2016.—El alcalde, Juan Ramón Fernández Barreno.

(03/22.833/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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