Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2016

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160628-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcalá de Henares. Régimen económico. Tasa de ocupación de locales en el mercado municipal 2016

Habiéndose aprobado por decreto del concejal-delegado de Hacienda el padrón correspondiente al segundo trimestre de la tasa de ocupación de locales en el mercado municipal de 2016, por el siguiente importe:

— Número de recibos: 22.

— Importe: 7.289,25 euros.

Se establece como plazo de pago en período voluntario del 20 de julio al 20 de septiembre de 2016, ambos inclusive, o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.

Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la vigente Ley General Tributaria.

Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.

Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición al público del padrón, ante la Concejalía-Delegada de Hacienda.

Se advierte de que transcurrido el plazo de ingreso las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcalá de Henares, a 6 de junio de 2016.—El concejal-delegado de Hacienda, Fernando Fernández Lara.

(02/21.759/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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