Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
24-06-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160624-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

106
Madrid número 4. Procedimiento 43 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 43 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Rivas Quero, don Miguel Ángel Sánchez de la Rosa Hernández y doña Patricia Fernández Sánchez, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 235 de 2016

En Madrid, a 25 de mayo de 2016.—Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, don José Pablo Aramendi Sánchez, los presentes autos número 43 de 2016, seguidos a instancias de don Miguel Ángel Sánchez de la Rosa Hernández, don Manuel Rivas Quero y doña Patricia Fernández Sánchez, contra “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimo la demanda formulada por don Miguel Ángel Sánchez de la Rosa Hernández, don Manuel Rivas Quero y doña Patricia Fernández Sánchez, y condeno a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, a abonarles: 1.987,54 euros a doña Patricia Fernández Sánchez, 2.011,42 euros a don Manuel Rivas Quero y 952,88 euros a don Miguel Ángel Sánchez de la Rosa Hernández.

Además, deberá abonarles los intereses por mora a razón del 10 por 100 anual desde el día 24 de abril de 2015 y hasta la fecha de esta resolución.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación siendo firme desde la fecha en la que se dicta.

Expídase testimonio de la presente resolución que quedará unido a este procedimiento, llevándose el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/20.902/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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