Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
18-06-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160618-34

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

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Madrid número 22. Ejecución 15 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Olalla del Olmo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 15 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Acosta Hernández, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Realizamos Sueños, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Despachar orden general de ejecución de auto de fecha 31 de marzo de 2016 a favor de la parte ejecutante doña Ana Acosta Hernández, frente a la demandada “Realizamos Sueños, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 31.835,16 euros, más 1.592 euros y 3.184 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2387/0000/64/0384/15.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Realizamos Sueños, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/19.986/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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