Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
18-06-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160618-30

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

30
Madrid número 19. Ejecución 20 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfonso Lozano de Benito, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 20 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Nieto Paradinas, don Daniel Mielgo Bregazzi, doña Dora Lengyel, doña Edurne Sanz Puentes, don Francisco Javier Leal Caballero, doña María Martín Serrano, don Miguel Granados Londoño, doña Mirjam Johanna Lange, doña Natalia Sánchez Román, doña Patricia Casado Velasco, don Salvador Domínguez Lázaro y don Sergio Kishore Cordeiro Alcaine, frente a “Babylon Idiomas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 231.443,23 euros de principal (correspondiendo 12.848,81 euros para doña Natalia Sánchez Román, 13.422,18 euros para doña Patricia Casado Velasco, 35.064,62 euros para don Francisco Javier Leal Caballero, 20.786,49 euros para don Sergio Kishore Cordeiro Alcaine, 8.849,29 euros para don Salvador Domínguez Lázaro, 38.061,34 euros para don Miguel Granados Londoño, 12.829,96 euros para doña María Martín Serrano, 6.805,44 euros para don Daniel Mielgo Bregazzi, 24.617,77 euros para doña Dora Lengyel, 8.390,62 euros para doña Edurne Sanz Puentes, 29.865,18 euros para doña Carmen Nieto Paradinas y 19.881,53 euros para doña Mirjam Johanna Lange), se declara la insolvencia provisional de la ejecutada, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega, previa petición, de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial. Con el objeto de acelerar la tramitación, la parte puede aportar copias de la documentación cuyo testimonio interese.

Una vez que sea firme la presente resolución, remítase testimonio al correspondiente Registro Mercantil y archívense las actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2517/0000/64/0020/16.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Babylon Idiomas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de mayo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/19.980/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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