Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160615-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

107
Madrid número 80. Procedimiento 810 de 2015

EDICTO

Doña Ángeles Garrigós Castejón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 80.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre familia, divorcio contencioso número 810 de 2015, instados por la procuradora doña Ana Susana Escudero Gómez, en nombre y representación de doña Janaina Abrantes Pego, contra don Nelson Schirmann Colis, en los que se ha dictado sentencia en fecha 19 de mayo de 2016, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 191 de 2016

En Madrid, a 19 de mayo de 2016.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 810 de 2015, sobre divorcio, a instancias de doña Janaina Abrantes Pego, representada por la procuradora doña Susana Escudero Gómez, contra don Nelson Schirmann Colis, declarado en situación de rebeldía procesal, en base al siguiente

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora Escudero Gómez, en nombre y representación de doña Janaina Abrantes Colis, de soltera doña Janaina Abrantes Pego Lopes, contra don Nelson Schirmann Colis, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio, por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, y con adopción de las medidas que constan en el fundamento jurídico cuarto de la presente resolución, que en aras de la brevedad se tiene aquí por reproducido.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días, previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Nelson Schirmann Colis, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 19 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/19.474/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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