Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2016

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160614-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

10
ACUERDO de 7 de junio de 2016, por el que se revoca la Encomienda de Gestión de la Dirección General de Función Pública a la Gerencia de la Agencia Madrileña de Atención Social, en materia de adjudicación de puestos en el marco de determinados procesos extraordinarios de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de diversas categorías profesionales.

De una parte, el ilustrísimo señor don Antonio López Porto, Director General de Función Pública.

De otra parte, el ilustrísimo señor don Carlos Blanco Bravo, Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social.

EXPONEN

En virtud del artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Función Pública tiene reconocidas las competencias correspondientes a la gestión de los procesos selectivos para el ingreso como funcionario de carrera y personal laboral fijo; en el mismo sentido se pronuncia el apartado g) del artículo 18 del Decreto 192/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Por otra parte, la Gerencia de la Agencia Madrileña de Atención Social, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, así como en el artículo 3 del Decreto 230/2015, de 20 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Agencia Madrileña de Atención Social, tiene atribuidas diversas competencias en materia de gestión del personal que presta servicios de carácter socioasistencial en la Comunidad de Madrid.

A la vista de cuanto antecede, ambos órganos suscribieron, con fecha 30 de noviembre de 2015, el Acuerdo de Encomienda de Gestión en materia de adjudicación de puestos en el marco de determinados procesos extraordinarios de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de diversas categorías profesionales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de enero de 2016).

En el apartado cuarto de dicho Acuerdo, se disponía que, en cualquier momento, las partes firmantes del mismo podrían revocar la Encomienda efectuada, resultando necesario, a fecha actual, y por causas sobrevenidas, proceder a dicha revocación.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas por la normativa vigente, ambas partes,

ACUERDAN

Primero

Revocar la Encomienda de Gestión de la Dirección General de Función Pública a la Gerencia de la Agencia Madrileña de Atención Social en materia de adjudicación de puestos de los procesos extraordinarios de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de las categorías profesionales de Auxiliar de Enfermería (Grupo IV, Nivel 3, Área D) y Auxiliar de Hostelería (Grupo V, Nivel 1, Área C), convocados ambos por sendas Órdenes de 3 de abril de 2009, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

Segundo

El presente Acuerdo deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, surtiendo efectos desde el día de su publicación.

Madrid, a 7 de junio de 2016.—El Director General de Función Pública, Antonio López Porto.—El Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, Carlos Blanco Bravo.

(03/21.599/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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