Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
02-06-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160602-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

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Alcalá de Henares número 6. Procedimiento 1.291 de 2015

EDICTO

Doña Paloma Mendizábal Gallo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia-guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 1.291 de 2015, instados por procurador, don Julio Cabellos Albertos, en nombre y representación de doña Mabel Andrea Cuzzi Castañeda, contra don Julián Giovanny Largo Vacarez, en los que se ha dictado, en fecha 16 de marzo de 2016, sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 198 de 2016

En la ciudad de Alcalá de Henares, a 16 de marzo de 2016.—Vistos por mí, doña Cristina Miláns del Bosch Sánchez-Galiano, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio especial verbal de relaciones paternofiliales número 1.291 de 2015, seguidos a instancias de doña Mabel Andrea Cuzzi Castañeda, representada por el procurador de los tribunales señor Cabellos Alberto, y defendida por el letrado señor Corral Martín, contra don Julián Giovanny Largo Vacarez, sin representación procesal, interviniendo el ministerio fiscal, y los siguientes,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Mabel Andrea Cuzzi Castañeda, contra don Julián Giovanny Largo Vacarez, debo acordar y acuerdo las medidas personales y patrimoniales consignadas en el fundamento jurídico segundo de esta resolución, y todo ello sin condena en costas, soportando cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, en nombre del Rey, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Julián Giovanny Largo Vacarez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición el interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Alcalá de Henares, a 16 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.803/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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