Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160601-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

92
Madrid número 2. Ejecución 6 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 6 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Israel Nebreda Prieto, frente a “Sernew Consultores, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda corregir el decreto de fecha 11 de marzo de 2016, en los términos siguientes; donde dice:

«Primero. En el presente procedimiento seguido entre las partes: de una, y como demandante, don Israel Nebreda Prieto, y de otra, como demandada, “Sernew Consultores, Sociedad Limitada”, se dictó orden general de ejecución en fecha 19 de enero de 2016 para cubrir un total de 3.355,65 euros en concepto de principal, más 201,33 euros de intereses y 335,56 euros para costas fijados provisionalmente.»

Debe decir:

«Primero. En el presente procedimiento seguido entre las partes: de una, y como demandante, don Israel Nebreda Prieto, y de otra, como demandada, “Sernew Consultores, Sociedad Limitada”, se dictó orden general de ejecución en fecha 19 de enero de 2016 para cubrir un total de 6.026,84 euros en concepto de principal, más 361,61 euros de intereses y 602,68 euros para costas fijados provisionalmente».

Firme la presente resolución, se expedirán testimonios para el Fondo de Garantía Salarial, que serán recogidos en esta oficina judicial por el actor o persona con poder bastante y, una vez retirados, se procederá al archivo de las actuaciones.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este decreto.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sernew Consultores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/17.500/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160601-92