Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160601-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28

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Madrid número 28. Procedimiento 758 de 2014

EDICTO

Doña Eva María Luna Mairal, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 28.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 758 de 2014, instados por el procurador don Eduardo Martínez Pérez, en nombre y representación de don Reynaldo Novas Espinosa, contra doña Ana Lucía Cuevas Matos, en reclamación de guarda, custodia y alimentos de hijo menor, en los que se ha dictado sentencia en fecha 28 de abril de 2016, cuya resolución es la siguiente:

Fallo

Que estimando en parte la demanda interpuesta por don Reynaldo Novas Espinosa, representado por el procurador don Eduardo Martínez Pérez, contra doña Ana Lucía Cuevas Matos, en situación procesal de rebeldía, se acuerda:

1.o Atribuir la guarda y custodia de la hija menor al padre, así como el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

2.o No ha lugar a fijar régimen de visitas de la menor con su madre.

3.o Queda en suspenso la contribución de la madre a los alimentos de la hija.

Todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Comuníquese esta sentencia al Registro Civil en que conste inscrito el nacimiento de la menor, expidiéndose a tal fin el oportuno despacho para su anotación marginal.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, observando lo prevenido en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la disposición adicional decimoquinta introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Ana Lucía Cuevas Matos, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 28 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/17.536/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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