Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2016

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160601-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Daganzo de Arriba. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de mayo de 2016, acordó la aprobación provisional de:

— La modificación de las ordenanzas fiscales F-1, reguladora de la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles, y la F-23, reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de actividades extraescolares.

— La derogación y nueva creación de la ordenanza fiscal F-15, reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de piscinas, actividades e instalaciones deportivas, ordenanzas de policía y buen gobierno; G-4, reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida, y G-10, reguladora del préstamo de libros de texto para los alumnos matriculados en los centros escolares públicos en Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.

Daganzo de Arriba, a 19 de mayo de 2016.—El alcalde en funciones, Manuel Jurado Marrufo.

(03/18.679/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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