Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160531-25

Páginas: 27


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Modificación Puntual Plan General Ordenación Urbana APR 09-11

Con fecha 12 de abril de 2016, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid adopta acuerdo por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la delimitación del APR 09.11, “Noroeste Nudo del Barrial”, en ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo de 15 de febrero de 2006, recaída en el procedimiento ordinario 1335/1997.

Dicho acuerdo de aprobación definitiva ha sido publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de abril de 2016 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 92).

Según el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, con cita, entre otras, de las sentencias de 8 de octubre de 2010 (RJ2010\8106) y 19 de octubre de 2011 (RJ 2012\1291), corresponde a este Ayuntamiento publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el contenido íntegro de la parte del Plan que exija la legislación de régimen local. Es por lo que mediante el siguiente anuncio se procede a dar cumplimiento al mismo publicando la normativa urbanística aplicable y que es la siguiente:





















































Madrid, a 17 de mayo de 2016.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/18.666/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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