Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160526-174

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 3

174
Barcelona número 3. Juicio 112 de 2014

EDICTO

Doña Adoración Navarro Bayo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Barcelona.

Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita el procedimiento de juicio de impugnación de actos administrativos en materia laboral y Seguridad Social, excluyendo los prestacionales, número 112 de 2014, en el que se ha dictado sentencia de fecha 16 de noviembre de 2015.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada “Cogetrans, Sociedad Cooperativa Madrileña”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, he acordado notificarle la presente resolución por medio de este edicto.

Contra dicha resolución la parte puede interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que deberá ser anunciado en esta oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente a su notificación, con los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución y de conformidad con los artículos 194 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

La resolución que se notifica está a disposición de la parte en la oficina judicial de este órgano.

Y para que sirva de notificación en forma a “Cogetrans, Sociedad Cooperativa Madrileña”, parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y a quien advierto de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta oficina judicial, salvo aquellas que revistan forma de auto, sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 21 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia. (firmado).

(03/16.771/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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