Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2016

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160526-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29

76
Madrid número 29. Juicio 22 de 2016

EDICTO

Doña María José Sanz Escorihuela, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 22 de 2016 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 69 de 2016

En Madrid, a 18 de marzo de 2016.—El ilustrísimo señor don Pedro Antonio Domínguez Morales, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio sobre delitos leves número 22 de 2016, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don Héctor Hassan Pérez Cubelos, y como denunciado, don Dionisio Leoncio Salinas Martínez; constando en los autos el resto de los datos de los hasta aquí mencionados, recayendo la presente resolución:

Debo condenar y condeno a don Dionisio Leoncio Salinas Martínez, como autor penalmente responsable de un delito leve de lesiones, ya definido, a la pena de multa de treinta días, a una cuota diaria de 4 euros, lo que totaliza la cantidad de 120 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Asimismo, le condeno al pago de las costas procesales, si las hubiere.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Dionisio Leoncio Salinas Martínez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 25 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.791/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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