Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2016

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160526-34

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL BOALO

URBANISMO

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El Boalo. Urbanismo. Estatutos Entidad Conservación Sector 1M

La Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2013, adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente la modificación de los estatutos (artículo 22) de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación del Sector 1M de las Normas Subsidiarias de El Boalo, Cerceda y Mataelpino, tramitado a instancias de dicha entidad. Posteriormente, el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 26 de febrero de 2014, aprobó definitivamente la mencionada modificación de estatutos de la referida Entidad Urbanística.

A los efectos de que terceros interesados, sean o no propietarios, puedan conocer su contenido concreto y formular, en su caso, cuantas alegaciones estimen oportunas, se publica el texto de dicha modificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 161.3 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, en relación con el artículo 162.4.

Trascurrido el período de quince días de exposición al público, contados desde la fecha de su publicación, sin que se hayan presentado alegaciones, se entenderá ratificada la aprobación definitiva de la misma.

«MODIFICACIÓN A LA REDACCIÓN DEL ARTÍCULO 22 DE LOS ESTATUTOS DE LA ENTIDAD URBANÍSTICA COLABORADORA DE CONSERVACIÓN DEL SECTOR 1M DE MATAELPINO Y COMUNICACIÓN DEL DOMICILIO SOCIAL

Tras la junta general celebrada en Madrid el 13 de diciembre de 2013, se comunica que por acuerdo unánime se modifica el artículo 22 de los estatutos de la citada Entidad Urbanística, quedando su redacción como sigue:

Capítulo 2

La Junta de Gobierno

Artículo 22. Naturaleza y composición.—La Junta de Gobierno es el órgano ejecutivo de la Entidad, asumiendo su representación, así como la gestión y administración de la misma.

Estará compuesta por un total de tres miembros.

Los miembros citados ostentarán los cargos que a continuación se relacionan, para los que serán designados en el mismo acuerdo de la asamblea general por los que fueron elegidos:

— Presidente (que lo será de la asamblea general).

— Vicepresidente.

— Administrador (que será el secretario de la asamblea general).

Los cargos de presidente y vicepresidente serán gratuitos, salvo que la asamblea general establezca expresamente otra cosa; el cargo de administrador-secretario será contratado a un profesional y remunerado según acuerdo entre este y la Presidencia/Vicepresidencia de la Entidad Urbanística, previa aprobación de los presupuestos generales por la asamblea general.

El período de mandato de la Junta de Gobierno será anual, transcurrido el cual, se procederá a su renovación en junta general, siendo nombrados el presidente y vicepresidente por turno ascendente según el número de parcela, pudiendo presentarse al cargo voluntarioso o a la reelección los salientes, que en su caso ha de ser ratificado por la junta general.

Comunicación domicilio social

Tras la junta general celebrada el pasado 13 de diciembre de 2012, el domicilio social quedará en la sede del administrador de la Entidad Urbanística, siendo este el que a continuación se detalla: Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación Sector 1M. Consultora “Colmang, Comunidad de Bienes”. Calle Arévalo, número 7, 28770 Colmenar Viejo (Madrid)».

En El Boalo, a 8 de abril de 2016.—El alcalde, Javier de los Nietos Miguel.

(02/12.932/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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