Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160526-15

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

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Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

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Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno. Mapa de Áreas preferentes regeneración urbana

Acuerdo de 12 de mayo de 2016, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba el Mapa de Áreas Preferentes de Impulso a la Regeneración Urbana (APIRU).

«El acuerdo tiene por objeto aprobar el documento “Mapa de Áreas Preferentes de Impulso a la Regeneración Urbana”, que constituirá el ámbito de aplicación de la convocatoria pública que se apruebe para la concesión de ayudas económicas, que tendrán naturaleza de subvenciones, con destino a la realización de actuaciones de conservación y eficiencia energética de los edificios residenciales que se encuentren en su interior.

La finalidad de la identificación de estas Áreas es señalar en el territorio espacios físicos prioritarios, para implementar una estrategia de cohesión social y reequilibrio territorial en el marco de un desarrollo urbano sostenible.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el 17 de marzo de 2016, adoptó un acuerdo por el que se inició el procedimiento para aprobar el Mapa y abrir un período de información pública durante un plazo de veinte días.

Durante dicho período se presentaron 42 escritos de alegaciones dentro del plazo y uno fuera de plazo.

También se ha presentado, por el grupo político municipal del PSOE, una iniciativa al Pleno de la Junta Municipal de Moratalaz para que se introduzcan modificaciones en el listado de APIRU en el Distrito de Moratalaz.

Como consecuencia de la estimación total o parcial de las alegaciones presentadas durante el período de información pública se han establecido cinco nuevas APIRU, se han eliminado dos y se han modificado los límites de 19, proponiéndose finalmente un total de 112 Áreas Preferentes de Impulso a la Regeneración Urbana (APIRU).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia para adoptar el acuerdo.

En su virtud a propuesta del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 12 de mayo de 2016,

ACUERDA

Primero.—Resolver las alegaciones presentadas, al documento denominado “Mapa de Áreas Preferentes de Impulso a la Regeneración Urbana (APIRU)” y modificar su texto en los términos expuestos en el informe del Departamento de Ordenación Urbana de la Dirección General de Estrategia de Regeneración Urbana, de 9 de mayo de 2016, que consta en el expediente.

Segundo.—Aprobar el documento denominado “Mapa de Áreas Preferentes de Impulso a la Regeneración Urbana (APIRU)”, con la finalidad de implementar una estrategia integral de cohesión social y de reequilibrio territorial en la ciudad de Madrid, que sirva de referencia para el desarrollo y ejecución de la totalidad de las políticas municipales, marcando la prioridad en cuanto a las áreas a las que deban dirigirse los eventuales planes concretos de actuación, que en cada caso se desarrollen, que se adjunta como anexo.

Tercero.—Publicar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid el documento denominado “Mapa de Áreas Preferentes de Impulso a la Regeneración Urbana (APIRU)”.

Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

Lo que se publica por acuerdo de la Junta de Gobierno para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, a 12 de mayo de 2016.—El jefe de Servicio de Apoyo Institucional, Cirilo García Teresa.

(03/17.970/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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