Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160523-155

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

155
Madrid número 21. Ejecución 217 de 2015

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 217 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa Bertila Peláez Pozo, frente a “Vanepao, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado auto de l5 de abril de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo admitir parcialmente la prueba solicitada y a tal efecto:

En relación con la documental propuesta en relación con las entidades “Gianpao, Sociedad Limitada”, “Alberto Carlos Durand, Sociedad Limitada” y “Vanepao, Sociedad Limitada”, se acuerda:

Se requiere a dichas entidades a fin de que aporten la declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347) de los años 2013, 2014 y 2015.

No ha lugar a requerir la declaración del modelo 190 de los años 2013, 2014 y 2015, por ser ajena al objeto de la comparecencia.

No ha lugar a requerir el libro de inventarios y cuentas anuales debidamente legalizado ante el Registro Mercantil de los años 2013, 2014 y 2015, por tener acceso a ella la parte solicitante.

No ha lugar a requerir el libro de IVA del año 2013, 2014 y 2015, por tener acceso a ella la parte solicitante.

Se requiere a dichas entidades a fin de que aporten vida laboral de la empresa de los años 2013, 2014 y 2015.

Se requiere a dichas entidades a fin de que aporten contrato de arrendamiento del local donde se prestan los servicios laborales entre “Gianpao, Sociedad Limitada” y “Alberto Carlos Durand, Sociedad Limitada”, y sus respectivos arrendadores.

No ha lugar a requerir el alta ante la Delegación de Hacienda (modelo 036 o 037) para poder ejercer la actividad de hostelería, por ser innecesario por no contribuir a esclarecer los hechos controvertidos.

Se requiere a las entidades a fin de que aporten la factura de pago, y su correspondiente justificante de pago, referente al arrendamiento de los locales sitos en calle Ezequiel Solana, número 6, de Madrid (“Alberto Carlos Durand, Sociedad Limitada”) y calle Puerto de Pajares, número 5, de Madrid (“Gianpao, Sociedad Limitada”).

Se requiere a las entidades a fin de que aporten la declaración de retenciones e ingresos a cuenta, rendimientos procedentes del arrendamiento y de inmuebles urbanos, resumen anual (modelo 180) de los años 2013, 2014 y 2015.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros, en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Santander”, 2519-0000-64-0217-15.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistrada-juez, doña María Romero-Valdespino Jiménez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Asimismo, se dictó diligencia de ordenación, de 15 de abril de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Araceli Crespo Pascual.—En Madrid, a 15 de abril de 2016.

En fecha 15 de diciembre de 2015 se recibió en la Secretaría de este Juzgado escrito de la parte actora interesando ampliación de ejecución, únase a los autos de su razón.

Visto el estado de las actuaciones, y lo solicitado por la parte actora, se acuerda convocar a las partes, y a “Alberto Carlos Durand, Sociedad Limitada”, don Alberto Carlos Durand Melchor, “Gianpao, Sociedad Limitada” y doña Mercedes Gladys Elescano Vargas, a la celebración de una comparecencia, que tendrá lugar el día 19 de mayo de 2016, a las nueve y cinco horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en calle Princesa, número 3, quinta planta, 28008 de Madrid, a los efectos de tratar la posible ampliación de la presente ejecución despachada en los presentes autos contra “Alberto Carlos Durand, Sociedad Limitada”, don Alberto Carlos Durand Melchor, “Gianpao, Sociedad Limitada” y doña Mercedes Gladys Elescano Vargas, haciendo constar a los convocados que deberán comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse.

En resolución aparte, su señoría ilustrísima, acordará lo procedente sobre la prueba interesada por la parte actora en su escrito.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Asimismo, se ha dictado diligencia de ordenación, de 10 de mayo de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Araceli Crespo Pascual.—En Madrid, a 10 de mayo de 2016.

Por presentado el anterior escrito de 3 de mayo de 2016, únase. Se estima suficiente el motivo por el que se interesa la suspensión del señalamiento, en los términos del artículo 83.1, párrafo 2, de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, y por ende se acuerda la suspensión del incidente previsto para el día 19 de mayo de 2016, a las nueve y cinco horas, y se acuerda nuevo señalamiento para el día 25 de mayo de 2016, a las nueve y cinco horas, en los términos previstos en resolución de 15 de abril de 2016.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vanepao, Sociedad Limitada”, “Gianpao, Sociedad Limitada”, doña Mercedes Gladys Elescano Vargas, “Alberto Carlos Durand, Sociedad Limitada” y don Alberto Carlos Durand Melchor, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 18 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/18.641/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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