Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160519-221

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 2

221
Castellón número 2. Ejecución 3 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Consuelo Barberá Barrios, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Castellón.

Hago saber: Que en la ejecución de títulos judiciales número 3 de 2016 seguida en este Juzgado de lo social número 2 de Castellón, por cantidad, a instancias de don Domingo Barcos García, contra “Cosmos RR HH Industriales, Sociedad Limitada”, se ha dictado en fecha 23 de marzo de 2016 auto de despacho de ejecución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 400 de 2015 a favor de la parte ejecutante don Domingo Barcos García, frente a “Cosmos RR HH Industriales, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, con cédula de identificación fiscal número B-82589060, por importe de 5.595,61 euros de principal (4.663,01 euros, más 932,60 euros de interés de demora) y 839,34 euros de intereses y costas calculados según el criterio del artículo 251 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, por lo que no excede, para los primeros, del importe de los que se devengarían durante un año y, para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto de apremio en concepto de principal.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de tres días, en el que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Así lo manda y firma doña María Isabel Belinchón Barrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Castellón.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios del Juzgado, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que conste y sea publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de que sirva de notificación en forma a “Cosmos RR HH Industriales, Sociedad Limitada”, cuyo último domicilio conocido es en la calle General Perón, número 26, de Madrid, expido la presente en Castellón, a 26 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/15.552/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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