Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2016

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160519-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDETORRES DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdetorres de Jarama. Régimen económico. Padrón IBI

Doña María del Carmen Navarro Chinchilla, tesorera del Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama, provincia de Madrid.

Que por decretos de Alcaldía 211/2016 y 212/2016, de 29 de abril, han sido aprobados inicialmente los padrones correspondientes al ejercicio 2016 del impuesto que a continuación se relaciona:

— Impuesto de bienes inmuebles de carácter urbano y rústico, respectivamente.

2.o Que dicho padrón se encontrará en la Oficina Municipal de Recaudación por espacio de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlo pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón.

3.o Que durante los días hábiles comprendidos entre el 7 de octubre y el 7 de diciembre de 2016 estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos del presente ejercicio correspondientes al tributo anteriormente mencionado.

Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar el pago de los recibos en cualquiera de las siguientes entidades de depósito: “Bankia” y “La Caixa”, pudiendo solicitar duplicado del recibo en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en plaza Constitución, número 1.

Los recibos con domiciliación bancaria se cargarán en cuenta el día 7 de diciembre de 2016.

Asimismo, se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a través de entidades bancarias o cajas de ahorro confederadas y cooperativas de crédito calificadas.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y los intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva a todos los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Valdetorres de Jarama, a 29 de abril de 2016.—La tesorera, María del Carmen Navarro Chinchilla.

(02/16.190/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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