Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160518-178

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 1

178
Almería número 1. Ejecución 158 de 2016

EDICTO

El letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Almería.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 158 de 2016, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña María José Artes García, contra “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en la que con fecha 5 de abril de 2016 se han dictado auto y decreto, que sustancialmente dicen lo siguiente:

Auto

En Almería, a 5 de abril de 2016.—Dada cuenta; y

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 5.810,46 euros en concepto de principal, más la de 1.162,09 euros calculados para intereses y gastos, y no pudiéndose practicar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada en paradero desconocido y de baja en su actividad laboral, requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días inste las diligencias que a su derecho interesen.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Diego Miguel Alarcón, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Almería.—Doy fe.

Decreto

Letrado de la Administración de Justicia, don Alfredo Moreno González.—En Almería, a 5 de abril de 2016.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Acceder al Punto Neutro Judicial.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Requerir de pago a los ejecutados “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución, más las costas de esta.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado número 0049/3569/92/0005001274 abierta en el “Banco Santander”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Almería.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/15.386/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160518-178