Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160518-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

107
Madrid número 7. Procedimiento 219 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 219 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ramón Serrano Bispe, frente a “Activa Mutua 2008”, “Explotación, Desarrollo y Soporte de Informática, Sociedad Anónima Laboral”, Fondo de Garantía Salarial, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Mutua Universal Mugenat”, Tesorería General de la Seguridad Social y “Vidamedic, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 18 de abril de 2016.

Parte dispositiva:

Se acuerda completar la sentencia de fecha 11 de febrero de 2016, en los siguientes términos: consistente en declarar a don José Ramón Serrano Bispe afecto de una incapacidad permanente absoluta derivada de la contingencia de enfermedad común con derecho a percibir el 100 por 100 de la base reguladora de 1.496,51 euros mensuales, con efectos de fecha 4 de noviembre de 2011, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social, como responsables del pago de esta nueva prestación sobre la diferencia entre la nueva prestación ahora reconocida (45 por 100) y la abonada por “Mutua Universal Mugenat”.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias/autos y llévese testimonio a los autos.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Inmaculada González de Lara Ponte.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vidamedic, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/15.473/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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