Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160518-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

97
Madrid número 1. Procedimiento 44 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 44 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima”, “Ferrovial Conservación, Sociedad Anónima” y UTE “CPD Alcalá”, frente a don Alberto Garrido Sánchez, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Máster SA de Ingeniería y Arquitectura, SA”, “Ocilux, Sociedad Limitada”, “Telefónica Ingeniería de Seguridad, Sociedad Anónima Unipersonal”, Tesorería General de la Seguridad Social y “Volje, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 19 de junio de 2015.

Por presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido se tiene por ampliada la demanda contra “Máster SA de Ingeniería y Arquitectura, SA”, a la que con traslado de copia de la demanda se citará para el acto de la vista señalado para la audiencia el día 16 de junio de 2016, a las diez y cincuenta horas, y con advertencia de que habrá de concurrir con los medios de prueba de que intente valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia del escrito de ampliación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo, doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Volje, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.871/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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