Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160513-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

139
Madrid número 21. Ejecución 217 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 217 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa Bertila Peláez Pozo, frente a “Vanepao, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado diligencia de ordenación en fecha 10 de mayo de 2016, del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia.—En Madrid, a 10 de mayo de 2016.

Por presentado el anterior escrito de 3 de mayo de 2016, únase. Se estima suficiente el motivo por el que se interesa la suspensión del señalamiento, en los términos del artículo 83.1, párrafo segundo, de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, y por ende se acuerda la suspensión del incidente previsto para el día 19 de mayo de 2016, a las nueve y cinco horas, y se acuerda nuevo señalamiento para el día 25 de mayo de 2016, a las nueve y cinco horas, en los términos previstos en resolución de 15 de abril de 2016.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vanepao, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 10 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/17.642/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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