Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160513-189

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE FERROL NÚMERO 1

189
Ferrol número 1. Procedimiento 739 de 2015

EDICTO

Doña María Luz García Iglesias, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Ferrol.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña María de los Ángeles Gil Galdo, contra “Contrafer, Sociedad Anónima”, “Montajes y Servicios Norgonza, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Montaxes Globales de Galicia, Sociedad Limitada”, “Montajes Industriales del Noroeste, Sociedad Anónima”, “Montajes Indunor, Sociedad Anónima”, “Electroships Galicia, Sociedad Limitada”, Tesorería General de la Seguridad Social, “Iris, Sociedad Cooperativa”, “Tecnología y Montajes, Sociedad Anónima”, “Serfrimec, Sociedad Limitada”, “Premonor”, “Nervión Industries Engineering and Services, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Mannesman Industria Ibérica, Sociedad Anónima”, “Montajes Nervión, Sociedad Anónima”, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, “Mutua Universal Mugenat” y “Galmexco, Sociedad Limitada”, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 739 de 2015, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “Mannesman Industria Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 2 de junio de 2016, a las doce y diez horas, en la planta segunda, Sala de lo social, edificio “Xulgados”, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal por escrito dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención a la actora, pueda esta estar representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a “Mannesman Industria Ibérica, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Ferrol, a 25 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.421/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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