Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160513-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

169
Madrid número 38. Ejecución 309 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 309 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Vanesa Cuesta Benavente, doña Dolores Huerta Díaz, doña Estela Moraleda Rodríguez, doña Estela Tacero Cabello, don José Manuel Platero González, don José Ramón Callejo Pérez, doña María Dolores Fernández Bermejo, doña María José Campos Navacerrada, doña María Luisa Bernardino Villacañas, doña María Sagrario Criado Fernández, doña Rosa María Carrero González, doña Rosa María García Huerta y doña Susana Humanes Covarrubias, frente a doña Azucena Ruiz Mayoral, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 323.329,80 euros de principal total de las dos ejecuciones acumuladas, de los cuales corresponden:

A doña Rosa María Carrero González: 698,97 euros.

A doña María Dolores Fernández Bermejo: 16.053,86 euros.

A doña María Luisa Bernardino Villacañas: 43.026,11 euros.

A doña María José Campos Navacerrada: 7.378,44 euros.

A doña María Sagrario Criado Fernández: 37.833,40 euros.

A doña Ana Vanesa Cuesta Benavente: 48.516,77 euros.

A doña Rosa María García Huerta: 40.850,77 euros.

A doña Dolores Huerta Díaz: 9.108,24 euros.

A doña Susana Humanes Covarrubias: 19.743,00 euros.

A don José Manuel Platero González: 16.702,79 euros.

A doña Estela Tacero Cabello: 15.837,32 euros.

A doña Estela Moraleda Rodríguez: 18.416,17 euros.

A don José Ramón Callejo Pérez: 49.163,96 euros.

Más 64.666,17 euros para intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada doña Azucena Ruiz Mayoral, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase entrega de los oportunos testimonios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2708/0000/64/0309/15.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Azucena Ruiz Mayoral, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 1 de abril de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/15.040/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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