Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160513-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

150
Madrid número 29. Procedimiento 732 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 732 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Susana Gómez Blanco, frente a “Complex Labs Knowledge Solutions, Sociedad Limitada”, y “Taumaco Taller Creativo de Marketing y Comunicación, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 12 de abril de 2016, en los términos siguientes:

En este acto, la demandante desiste de su demanda contra la empresa “Complex Labs Knowledge Solutions, Sociedad Limitada”.

La empresa demandada “Taumaco Taller Creativo de Marketing y Comunicación, Sociedad Limitada”, reconoce la improcedencia del despido, con fecha de efectos 21 de mayo de 2015 y ofrece en concepto de indemnización la cantidad de 27.074,52 euros netos, que serán abonados en la cuenta en la que la trabajadora venía percibiendo su nómina en el plazo de setenta y dos horas, y se reconoce igualmente las cantidades reclamadas en la demanda en los siguientes conceptos: 4.873,34 euros en concepto de salarios de los meses de abril y mayo de 2015 y 7.596,73 euros en concepto de finiquito, ascendiendo la cantidad total a 12.470,07 euros brutos.

La trabajadora acepta y declara que con el percibo de dichas cantidades se da por saldada y finiquitada, no teniendo nada más que reclamar por los conceptos de la presente demanda.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2802/0000/61/0732/15.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Complex Labs Knowledge Solutions, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/15.005/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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