Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2016

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160511-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

58
Madrid número 4. Juicio 295 de 2015

EDICTO

Don Pedro José Hernández Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 295 de 2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 395 de 2015

En Madrid, a 16 de noviembre de 2015.—Vistos por el ilustrísimo señor don Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez titular del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delito leve, registrados con el número 295 de 2015, y en el que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; doña Virginia Rodríguez Sobrino, don Víctor José Ramírez Gualis y don Israel Ruiz Valero, como denunciantes; “JVZ”, “Bershka” y “Sprinfield”, como perjudicados, y doña Zoraida Díaz Cruz y don John Édison Quintero Cediel, como denunciados, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Zoraida Díaz Cruz y don John Édison Quintero Cediel, como autores responsables de un delito leve de hurto continuado, en grado de tentativa, tipificado en el artículo 234.2 del Código Penal, a la pena de cuarenta y cinco días de multa, con una cuota de 4 euros por día de sanción, a cada uno de ellos, condenándoles también al pago de las costas procesales.

Hágase entrega definitiva de los efectos a la propiedad.

Si no se satisfacen las multas impuestas, voluntariamente o por vía de apremio, los condenados quedarán sujetos a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

De mostrar conformidad con la sentencia, se les requiere para que en el plazo de diez días hagan efectivas las multas impuestas mediante ingreso o transferencia al “Banco Santander”, entidad bancaria 0049, oficina 6748 y cuenta número 246400076029515.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Zoraida Díaz Cruz y don John Édison Quintero Cediel, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 8 de abril de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/14.772/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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