Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160511-243

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 3

243
León número 3. Seguridad Social 665 de 2015

EDICTO

Doña Raquel Martín Andrés, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de León.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don José Manuel Alonso Fernández, contra “Compañía Minera Astur Leonesa, Sociedad Anónima”, “Fremap”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Coto Minero Cantábrico, Sociedad Anónima”, “Insolvency and Legal, Sociedad Limitada Profesional” administrador concursal “Coto Minero Cantábrico, Sociedad Anónima” y “Roda Gestión Concursal, Sociedad Limitada Profesional”, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número de Seguridad Social 665 de 2015, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “Coto Minero Cantábrico, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 14 de diciembre de 2016, a las diez y cincuenta horas, en avenida Sáenz de Miera, número 6, Sala número 10, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Coto Minero Cantábrico, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En León, a 21 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.033/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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