Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160509-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 3

169
Jaén número 3. Procedimiento 106 de 2016

EDICTO

Doña Natividad Ruiz-Rico Ruiz-Morón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Jaén.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 106 de 2016, a instancias de doña Joaquina Navarrete Miras, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Energía e Industrias Aragonesas, Agrupación de Interés Económico”, “Aragonesas Industria y Energía”, “Electroquímica Andaluza” y “Uralita, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado resolución de fecha 22 de marzo de 2016 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Admitir esta demanda presentada en materia de Seguridad Social.

Señalar el día 3 de octubre de 2016, a las once y quince horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la avenida de Madrid, número 70, quinta planta.

Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto del juicio, podrá el magistrado-juez tener a la actora por desistida de la demanda, y si se tratase de los demandados no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

Poner en conocimiento de los demandados en el momento de su citación que la actora ha solicitado prueba de su interrogatorio, y que en caso de admitirse esta por el magistrado-juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración (artículo 91.2 y 4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado a los efectos del artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Que se remita por la entidad gestora o servicio común que corresponda el expediente original o copia del mismo o de las actuaciones, y en su caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda, en el plazo de diez días (artículo 143 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer al juicio asistida de letrado.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer, ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación a las demandadas “Energía e Industrias Aragonesas, Agrupación de Interés Económico”, “Aragonesas Industria y Energía”, “Electroquímica Andaluza” y “Uralita, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 14 de abril de 2016.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.565/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160509-169