Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
04-05-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160504-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

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Alcalá de Henares número 6. Procedimiento 1.199 de 2015

EDICTO

Doña Paloma Mendizábal Gallo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Alcalá de Henares.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 1.199 de 2015, instados por el procurador don Gerardo Muñoz Luengo, en nombre y representación de doña Julia Raluca Parv, contra don Hugo Javier Gumucio, se ha dictado en fecha 29 de marzo de 2016 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 214 de 2016

En Alcalá de Henares, a 29 de marzo de 2016.—Vistos por mí, doña Cristina Milans del Bosch Sánchez-Galiano, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio especial verbal de relaciones paterno-filiales número 1.199 de 2015, seguidos a instancias de doña Julia Raluca Parv, representada por el procurador de los tribunales señor Muñoz Luengo y defendida por la letrada señora Matesanz Vírseda, contra don Hugo Javier Gumucio, sin representación procesal, interviniendo el ministerio fiscal, y el siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Julia Raluca Parv, don Hugo Javier Gumucio, debo acordar y acuerdo las medidas personales y patrimoniales consignadas en el fundamento jurídico segundo de esta resolución; y todo ello sin condena en costas, soportando cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito, ante este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, en nombre del Rey, lo pronuncio, mando y firmo.

Y en atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Hugo Javier Gumucio, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Alcalá de Henares, a 29 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/13.447/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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