Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103

Fecha del Boletín 
02-05-2016

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160502-4

Páginas: 13


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Getafe. Organización y funcionamiento. Ordenanza ficheros datos carácter personal

Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 14 de enero de 2016, las 10 ordenanzas de modificación y las dos ordenanzas de creación de ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Getafe, y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias durante el trámite de información pública, iniciado por el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 36, de 12 de febrero de 2016, quedan definitivamente aprobadas las ordenanzas, que entrarán en vigor al día siguiente de la publicación de su texto íntegro que es el siguiente:

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “VEHÍCULO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y CENTRO DE COORDINACIÓN”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Modificación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se modifica el fichero denominado “Vehículo de atención al ciudadano y centro de coordinación” que contiene imágenes de personas, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: VEHÍCULO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y CENTRO DE COORDINACIÓN.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: VEHÍCULO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y CENTRO DE COORDINACIÓN. Recoge y almacena las imágenes de todas las personas que transitan por las vías públicas tanto a pie como en vehículo en las vías urbanas de Getafe.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Imágenes de todas las personas que transitan por las vías públicas tanto a pie como en vehículo en las vías urbanas de Getafe.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: vigilancia de las infracciones administrativas y penales de las vías y zonas autorizadas por la Delegación del Gobierno. Revisión de las grabaciones por orden judicial, administrativa, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado o la Jefatura del Cuerpo.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: de todas las personas y vehículos que circulen por las vías objeto de la vigilancia.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: de las vías públicas objeto de vigilancia, durante los horarios y días autorizados por la Delegación de Gobierno.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, Autoridad Judicial, Autoridades Administrativas, Comisaría del CNP.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

Número de registro: 234764/2015.

Motivo de la modificación: se le aplica medida de seguridad nivel básico.

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “GRABACIONES DE IMÁGENES DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS DE POLICÍA LOCAL”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Modificación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se modifica el fichero denominado “Grabaciones de imágenes de las cámaras de seguridad de los edificios de Policía Local” que contiene imágenes de personas cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: GRABACIONES DE IMÁGENES DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS DE POLICÍA LOCAL.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: GRABACIONES DE IMÁGENES DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD DEL EDIFICIO DE LA POLICÍA LOCAL. Recoge y almacena las imágenes de las cámaras de seguridad del edificio de la Policía Local, tanto internas como externas.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Imágenes de todas las personas que transitan por el recinto del edificio de la Policía Local de Getafe.

— Imágenes de todas las personas que se encuentran en el interior del edificio de la Policía Local de Getafe.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: vigilancia de la seguridad y uso de las instalaciones policiales. Revisión de las grabaciones por orden judicial, administrativa o de la Jefatura del Cuerpo.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: de todas las personas que se encuentren en el interior del recinto policial y en el edificio de la Policía Local de Getafe.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: imágenes grabadas por medio de las cámaras instaladas.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, Autoridad Judicial, Autoridades Administrativas.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

Número de registro: 234765/2015.

Motivo de la modificación: se le aplica medida de seguridad nivel básico.

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “GRABACIONES DE VOZ DE LA TELEFONÍA DE LA CENTRALITA DE LA POLICÍA LOCAL”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Modificación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se modifica el fichero denominado “Grabaciones de voz de la telefonía de la centralita de la Policía Local” que contiene grabaciones de voz de personas, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: GRABACIONES DE VOZ DE LA TELEFONÍA DE LA CENTRALITA DE LA POLICÍA LOCAL.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: GRABACIONES DE VOZ DE LA TELEFONÍA DE LA CENTRALITA DE LA POLICÍA LOCAL. Recoge y almacena las grabaciones de voz de las llamadas telefónicas de la centralita de la Policía Local, tanto internas como externas.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Las grabaciones de voz de las llamadas que se realicen a través de la centralita telefónica de la Policía Local de Getafe.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: dejar constancia de los requerimientos realizados a la Policía Local y de los requerimientos realizados por la Policía Local. Revisión de las grabaciones por orden judicial, administrativa o de la Jefatura del Cuerpo.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: de todas las personas que realicen llamadas a través de la centralita de la Policía Local de Getafe.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: grabaciones de voz de todas las llamadas realizadas a través de la centralita telefónica de la Policía Local de Getafe.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, Autoridad Judicial, Autoridades Administrativas.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

Número de registro: 234766/2015.

Motivo de la modificación: se le aplica medida de seguridad nivel básico.

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “GRABACIONES DE VOZ DE LA RED DE TRANSMISIONES DE LA POLICÍA LOCAL”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Modificación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se modifica el fichero denominado “Grabaciones de voz de la red de transmisiones de la Policía Local” que contiene grabaciones de voz de personas, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: GRABACIONES DE VOZ DE LA RED DE TRANSMISIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE GETAFE.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: GRABACIONES DE VOZ DE LA RED DE TRANSMISIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE GETAFE. Recoge y almacena las grabaciones de voz de la red de transmisiones de la Policía Local de Getafe.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Grabaciones de voz de todas las comunicaciones realizadas a través de la red de comunicaciones de la Policía Local de Getafe.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: dejar constancia de todas las comunicaciones realizadas a través de la red de comunicaciones de la Policía Local de Getafe. Revisión de las comunicaciones por orden judicial, administrativa o de la Jefatura del Cuerpo.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: voz de todos los funcionarios y trabajadores que utilicen la red de transmisiones de la Policía Local de Getafe.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: grabaciones de sonido de la red de transmisiones de la Policía Local de Getafe.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, autoridad judicial, autoridades administrativas.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

Número de registro: 234767/2015.

Motivo de la modificación: se le aplica medida de seguridad nivel básico.

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “GRABACIONES DE IMÁGENES DE LAS CÁMARAS DE VIGILANCIA DEL TRÁFICO DE LAS VÍAS URBANAS DE GETAFE”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Modificación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se modifica el fichero denominado “Grabaciones de imágenes de las cámaras de vigilancia del tráfico de las vías urbanas de Getafe” que contiene grabaciones de imágenes de personas, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: GRABACIONES DE IMÁGENES DE LAS CÁMARAS DE VIGILANCIA DEL TRÁFICO DE LAS VÍAS URBANAS DE GETAFE.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: GRABACIONES DE IMÁGENES DE LAS CÁMARAS DE VIGILANCIA DEL TRÁFICO DE LAS VÍAS URBANAS DE GETAFE. Recoge y almacena las imágenes de las cámaras de vigilancia del tráfico ubicadas en las vías urbanas de Getafe.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Imágenes de todas las personas que transitan por las vías públicas tanto a pie como en vehículo en las vías urbanas de Getafe, objeto de vigilancia del tráfico.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: vigilancia del tráfico en las vías urbanas de Getafe. Revisión de las grabaciones por orden judicial, administrativa o de la Jefatura del Cuerpo.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: de todas las personas que circulen por las vías objeto de la vigilancia del tráfico de Getafe.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: imágenes grabadas por medio de las cámaras instaladas.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, autoridad judicial, autoridades administrativas.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

Número de registro: 234768/2015.

Motivo de la modificación: se le aplica medida de seguridad nivel básico.

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “HORAS, KILÓMETROS, JUICIOS Y BASE DE DATOS DE VEHÍCULOS”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Modificación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se modifica el fichero denominado “Horas, kilómetros, juicios y base de datos de vehículos” que contiene datos de policías y vehículos policiales, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: HORAS, KILÓMETROS, JUICIOS Y BASE DE DATOS DE VEHÍCULOS.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: HORAS, KILÓMETROS, JUICIOS Y BASE DE DATOS DE VEHÍCULOS.

— Contiene datos de los policías y vehículos policiales. Horas realizadas, kilometraje y juicios.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Los recogidos en el DNI, NIP y número de empleado del Ayuntamiento.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

— Llevar un control de las horas, juicios y kilómetros de desplazamiento realizados por policías del Ayuntamiento de Getafe.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: Policías del Ayuntamiento de Getafe.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: partes del servicio de los policías.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, autoridad judicial, autoridades administrativas.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

Número de registro: 234769/2015.

Motivo de la modificación: se le aplica medida de seguridad nivel básico.

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “ACCESOS INFORMÁTICOS DE LOS POLICÍAS”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Modificación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se modifica el fichero denominado “Accesos informáticos de los policías” que contiene datos de la plantilla de policía y personal del Ayuntamiento de Getafe, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: ACCESOS INFORMÁTICOS DE LOS POLICÍAS.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: POLICÍAS. Contiene datos de la plantilla de Policía Local de Getafe y personal del Ayuntamiento de Getafe que tiene acceso a bases de datos en las que hacemos de intermediarios. Control de cuentas de correo departamentales de Policía Local.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Nombre, DNI, fecha de nacimiento, dirección de correo corporativo, cargo, destino, nombre de usuario en la red corporativa, número de identificación policial de los policías locales de Getafe.

— Nombre y DNI del personal del Ayuntamiento de Getafe con acceso a base de datos DGT.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

— Llevar un control de en qué bases de datos han sido dados de alta (DGT, CNP, etcétera) u otros controles temporales (consecución del Certificado de Empleado Público, etcétera).

— Tener los usuarios y contraseñas de las cuentas de correo departamentales para facilitarlos a los usuarios permitidos.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: del colectivo de la Policía Local de Getafe y personal del Ayuntamiento que tenga acceso a la base de datos de la DGT.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: Sección de Informática y Oficina de Recursos Humanos de la Policía Local de Getafe.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, autoridad judicial, autoridades administrativas.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

Número de registro: 234770/2015.

Motivo de la modificación: se le aplica medida de seguridad nivel básico.

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “GESTIÓN INTEGRAL DE POLICÍA JUDICIAL”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Modificación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se modifica el fichero denominado “Gestión integral de policía judicial” que contiene datos de la plantilla de policía, personas y vehículos, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: GESTIÓN INTEGRAL DE POLICÍA JUDICIAL.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: GESTIÓN INTEGRAL DE POLICÍA JUDICIAL. Contiene datos de la plantilla de Policía Local de Getafe, personas y vehículos implicados en accidentes, atestados, drogas.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Los recogidos en el documento de identificación personal y documentación de los vehículos de los implicados.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

— Llevar un control de los accidentes, atestados, partes de lesiones, incautaciones de droga, etcétera, y de las administraciones donde han sido remitidos.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: de los implicados en las intervenciones policiales.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: informes y partes de servicio policiales.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, autoridad judicial, autoridades administrativas.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

Número de registro: 234772/2015.

Motivo de la modificación: se le aplica medida de seguridad nivel básico.

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “EDUCAVIAL”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Modificación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se modifica el fichero denominado “Educa-vial” que contiene datos de alumnos que hayan realizado el curso, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ANEXO I

Fichero: EDUCAVIAL.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: EDUCAVIAL.

— Contiene datos de los alumnos que han realizado algún curso.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Los recogidos en el DNI y teléfono.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

— Llevar un control de los alumnos, cursos realizados y centros de estudio al que pertenecen.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: de los alumnos y centros de estudio.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: alumnos y centros escolares.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, autoridad judicial, autoridades administrativas.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

Número de registro: 234773/2015.

Motivo de la modificación: se le aplica medida de seguridad nivel básico.

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “ESTADÍSTICA”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Modificación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se modifica el fichero denominado “Estadística” que contiene datos de personas, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: ESTADÍSTICA.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: ESTADÍSTICA.

— Contiene datos de las personas con las que se ha intervenido policialmente.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Los recogidos en el DNI y teléfono.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

— Llevar un control de las intervenciones que han llevado a cabo las unidades en servicio de la Policía Local.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: de las personas con las que se ha intervenido.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: recogidas por la Sala de Comunicaciones y las unidades en servicio.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, autoridad judicial, autoridades administrativas.

PD: la dirección en que se encuentra esta base de datos es:

\\Servent01\basesdatos\Policia\INVENTO\Aplicacion\Estadistica.mdb

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHERO

Número de registro: 234774/2015.

Motivo de la modificación: se le aplica medida de seguridad nivel básico.

ORDENANZA DE CREACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “VÍCTIMAS Y AGRESORES DE VIOLENCIA DE GÉNERO”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Creación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se crea el fichero denominado “Víctimas y agresores de violencia de género” que contiene datos de víctimas y autores de violencia de género, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: VÍCTIMAS Y AGRESORES DE VIOLENCIA DE GÉNERO.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: VÍCTIMAS Y AGRESORES DE VIOLENCIA DE GÉNERO.

— Contiene datos de víctimas y autores de Violencia de Genero.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: alto.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Los datos de las víctimas y agresores facilitados por la autoridad judicial.

h) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

— Llevar un control de las víctimas y autores, nivel de riesgo, vigencia.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: de las víctimas y autores de Violencia de Genero.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— Procedencia de los datos: de los diferentes órganos jurisdiccionales y atestados policiales.

— Procedimiento de recogida: de manera continuada.

k) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, autoridad judicial, autoridades administrativas.

ORDENANZA DE CREACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GETAFE DENOMINADO “GRABACIONES DE IMÁGENES DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES”

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, corresponde al Ayuntamiento la competencia para la creación, modificación o supresión de sus ficheros, mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza municipal, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 1. Creación del fichero.—En aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normas que la desarrollen, se crea el fichero denominado “Grabaciones de imágenes de las cámaras de seguridad de los edificios municipales” que contiene imágenes de personas que están o transitan por los edificios municipales, cuyas características se detallan en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.—Los particulares afectados por este fichero podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos, cuando proceda, ante la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Getafe.

Art. 3. Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

Fichero: GRABACIONES DE IMÁGENES DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES.

a) Órgano administrativo responsable del fichero: Delegación de Seguridad del Ayuntamiento de Getafe.

b) Unidad administrativa ante la que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de la Policía Local del Ayuntamiento de Getafe.

c) Nombre y descripción del fichero: GRABACIONES DE IMÁGENES DE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES. Recoge y almacena las imágenes de las cámaras de seguridad de los edificios municipales.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

e) Sistema de información al que pertenece el fichero: Policía Local, Ayuntamiento de Getafe.

f) Medidas de seguridad que se aplican: básico.

g) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

h) Imágenes de todas las personas que transitan por los recintos de los edificios municipales de Getafe.

i) Imágenes de todas las personas que se encuentran en el interior de los edificios municipales de Getafe.

j) Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: vigilancia de la seguridad y uso de las instalaciones municipales. Revisión de las grabaciones por orden judicial, administrativa o de la Jefatura del Cuerpo.

k) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: de todas las personas que se encuentren en el interior de los recintos municipales.

l) Procedencia o procedimiento de recogida de datos:

m) Procedencia de los datos: imágenes grabadas por medio de las cámaras instaladas.

n) Procedimiento de recogida: de manera continuada.

o) Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Jefatura de la Policía Local, autoridad judicial, autoridades administrativas.

Getafe, a 13 de abril de 2016.—El jefe de la Policía Local, Alfonso Serrano Núñez.

(03/13.910/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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