Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
29-04-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160429-103

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

103
Madrid número 76. Procedimiento 4 de 2015

EDICTO

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 76.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 4 de 2015, instados por el procurador don Esteban Manuel García Castellano, en nombre y representación de don Vicente Rodríguez Alba, contra doña Silvia Doñabeitia Serrano, en los que se ha dictado en fecha 10 de noviembre de 2015 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 571 de 2015

La magistrada-juez doña María José Romero Suárez.—En Madrid, a 10 de noviembre de 2015.

Han sido vistos por doña María José Romero Suárez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid, los autos de juicio verbal sobre relaciones paterno-filiales registrados con el número 4 de 2015, promovidos por don Vicente Rodríguez Alba, representado por el procurador don Esteban Manuel García Castellano y asistido de la letrada doña Gema de Vega Seijas, contra doña Silvia Doñabeitia Serrano, declarada en rebeldía procesal, con intervención del ministerio fiscal, recayendo la presente resolución en base a los siguientes,

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador don Esteban Manuel García Castellano, en la representación que tiene acreditada de don Vicente Rodríguez Alba contra doña Silvia Doñabeitia Serrano, se adoptan en relación con la hija menor de edad de ambos las medidas siguientes:

1. Patria potestad, guarda y custodia y régimen de visitas, comunicación y estancia: la patria potestad se ejercerá exclusivamente por don Vicente Rodríguez Alba, otorgándose la guardia y custodia de la menor al mismo, sin atribución de derecho de visitas, estancias y comunicaciones a favor de doña Silvia Doñabeitia Serrano.

2. El abono de todos los gastos necesarios para la subsistencia de la menor, tanto ordinarios como extraordinarios, corresponde en exclusiva a don Vicente Rodríguez Alba.

No procede efectuar pronunciamiento alguno en materia de costas.

Firme que sea la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil, para su anotación marginal correspondiente.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese la presente resolución con la advertencia de que la misma no es firme, pudiendo formularse recurso de apelación en el plazo de veinte días, desde la notificación de esta resolución ante la Audiencia Provincial de Madrid. Se informa que de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, reformada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, de la necesidad de constitución de depósito para interponer el mencionado recurso por importe de 50 euros, excepto en los casos que establezca la normativa especial sobre asistencia jurídica gratuita, debiendo ser ingresados en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado, abierta en el “Banco Santander” número 2103-0000-00-0004-15, bien mediante transferencia a la cuenta CCC número E55 0049-3569-9200-0500-1274, indicando en el campo “Observaciones” la cuenta antes indicada, debiendo igualmente reseñar en el “Concepto del ingreso” la clase y fecha de la resolución recurrida.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Silvia Doñabeitia Serrano y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que se entrega al procurador de la parte actora, don Esteban Manuel García Castellano, para su diligenciado.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 10 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.512/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160429-103