Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
29-04-2016

Sección 1.3.35.25: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160429-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

CANAL DE ISABEL II GESTIÓN S. A.

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ADENDA de 2 de febrero de 2016 modificada al “Convenio de Gestión Comercial entre el Ayuntamiento de Villamanta y el Canal de Isabel II”.

En Madrid, a 2 de febrero de 2016.

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Garrido García.

Y de otra, don Valentín Pereira Fresno.

INTERVIENEN

El primero de los citados en nombre y representación del Ente Público Canal de Isabel II (en adelante, Canal), Entidad de Derecho Público perteneciente a la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Presidente de la misma.

El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Villamanta (Madrid), en su condición de Alcalde-Presidente del mismo.

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para celebrar la presente Adenda al citado Convenio de Gestión Comercial.

EXPONEN

1. Que con fecha de 31 de mayo de 2006 se firmó entre este Ayuntamiento de Villamanta y el Canal de Isabel II un Convenio de Gestión Comercial que continúa vigente en la actualidad y en el que se establece que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, de Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, en este municipio de Villamanta los servicios de abastecimiento y saneamiento de agua se prestan de la siguiente forma:

A) Los servicios de aducción, distribución y alcantarillado por este Ayuntamiento.

B) El servicio de depuración por el Canal.

2. Que con fecha de 18 de noviembre de 2015 el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, comunica a este Ayuntamiento que, con motivo de la finalización de las obras de abastecimiento a este municipio desde el Sistema General del Canal a partir del día 23 de noviembre estará operativo un nuevo origen de abastecimiento cuya prestación será realizada por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, siendo aplicable la tarifa del servicio de aducción que establece el Canal, al igual que en el resto de municipios de la Comunidad de Madrid y que está recogida en la Orden 2920/2014 publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 309, de 23 de diciembre de 2014.

Que tanto el Ayuntamiento como Canal de Isabel II entienden que resulta conveniente para la garantía de la regularidad y calidad del servicio que el servicio de aducción se efectúe por Canal de Isabel II, a través de su medio propio, Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, por ser un servicio de interés de la Comunidad de Madrid (artículo 2, Ley 17/1984).

Considerando todo lo anterior, las partes consideran adecuado, por tanto, formalizar la presente Adenda para adaptarla a la nueva situación el texto del citado Convenio de Gestión,

ACUERDAN

El expositivo 1 del “Convenio de Gestión Comercial entre el Ayuntamiento de Villamanta y el Canal de Isabel II, de 31 de mayo de 2006” quedará redactado con el siguiente contenido:

“Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, de Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, en el municipio de Villamanta, los servicios que comprenden el abastecimiento y saneamiento de agua se prestan de la siguiente forma:

A) Los servicios de distribución y alcantarillado por el Ayuntamiento.

B) Los servicios de aducción y depuración por el Canal, a través de su medio propio Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman la presente Adenda al Convenio de Gestión Comercial entre este Ayuntamiento de Villamanta y el Canal de Isabel II, por duplicado en el lugar y fecha arriba indicados.—Por el Canal de Isabel II, el Presidente, Ángel Garrido García.—Por el Ayuntamiento de Villamanta, el Alcalde-Presidente, Valentín Pereira Fresno.—Conforme: Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, Adrián Martín López de las Huertas.

(01/14.178/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.35.25: I. COMUNIDAD DE MADRID

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