Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
28-04-2016

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160428-33

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

33
Alcobendas. Urbanismo. Proyecto de urbanización

La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el 12 de abril de 2016, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«El pasado 18 de marzo, la Junta de Compensación del Ámbito API 7 “Los Peñotes” ha presentado en este Ayuntamiento el Proyecto de Urbanización del Plan Parcial de Reforma Interior del API 7 “Los Peñotes”, elaborado por la “Sociedad Gestión Integral del Suelo, Sociedad Limitada” (GIS), para el desarrollo del citado Plan Parcial. El objeto del proyecto es completar la urbanización del Área de Planeamiento Incorporado API 7 “Los Peñotes”, del Plan General de Ordenación Urbana, posibilitando el cosido de trazados y bordes, así como la articulación urbana y el reequipamiento del ámbito. En cuanto a su contenido, los Servicios Técnicos Municipales han emitido el correspondiente informe favorable a su tramitación, si bien deben cumplirse los requerimientos incluidos en el mismo antes de la aprobación definitiva.

Por lo anterior y visto igualmente el informe emitido por los Servicios Jurídicos del Área de Urbanismo, es por lo que, en el marco de lo dispuesto en los artículos 60 y 80 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, este órgano colegiado, acuerda:

1. Aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización del Plan Parcial de Reforma Interior del API 7 “Los Peñotes”, promovido por la Junta de Compensación del ámbito y elaborado por la “Sociedad Gestión Integral del Suelo, Sociedad Limitada” (GIS), para el desarrollo del citado Plan Parcial, cuyo objeto se refiere en la motivación de esta resolución.

Sin perjuicio de la necesidad de obtener con carácter previo a la aprobación definitiva del proyecto los correspondientes informes favorables de las Administraciones competentes y las conformidades y documentos de las compañías suministradoras y demás condicionantes recogidos en el informe técnico que obra en el expediente, deberán atenderse en el texto que se presente para aprobación definitiva los siguientes puntos:

a) Definir la modificación de la red interior de saneamiento de la parcela del vivero o, en su defecto, incluir un documento de conformidad del propietario respecto a la acometida de saneamiento propuesta por el proyecto.

b) Definir el retranqueo definitivo del colector a interceptar en la zona verde privada de Cuestablanca, que probablemente desplazará la solución propuesta hacia la linde de “Los Peñotes” (evitando la afección sobre la rampa e interceptando el colector existente en el primero de los quiebros ciegos que se descubrieron con el paso de la cámara). El plano deberá señalar la más que probable afección sobre la caseta de jardineros, afección y reposición que deberán delinearse y presupuestarse.

c) Incluir cuantos aspectos sean señalados por las Administraciones y compañías que deben emitir informe en el ejercicio de sus competencias.

2. Someter el expediente a información pública por plazo de veinte días, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia; plazo durante el cual el expediente podrá ser consultado y formuladas cuantas alegaciones se consideren oportunas.

Notificar la presente resolución a la Junta de Compensación del Ámbito API 7 “Los Peñotes” y a los representantes de la urbanización “Cuestablanca”, acompañando a dicha notificación el informe técnico sobre el Proyecto de Urbanización que se aprueba».

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles durante el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como, asimismo, formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 20 de abril de 2016.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/15.049/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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