Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
28-04-2016

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160428-32

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

32
Alcobendas. Urbanismo. Plan Parcial El Juncal

La Junta de Gobierno Local de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el 5 de abril de 2016, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Por los servicios técnicos municipales se ha elaborado el documento de la Modificación Puntual número 6 del Plan Parcial “El Juncal”, cuyo objeto se limita a la adaptación de la línea límite de edificación bajo rasante en el lado noroeste de la autovía A-1 a su paso por el ámbito del Plan Parcial “El Juncal”, de conformidad con lo establecido en la nueva Ley de Carreteras del Estado, Ley 37/2015, aprobada con fecha de 10 de septiembre de 2015 y publicada en el “Boletín Oficial del Estado” con fecha de 30 de septiembre de 2015. La modificación afecta a las unidades de ordenación H1, T1 y T2 (terciario grados 1.o y 3.o) del ámbito del Plan Parcial “El Juncal”.

En particular se pretende ampliar el área de movimiento bajo rasante de las parcelas con frente a la autovía A-1, manteniendo el área de movimiento sobre rasante conforme a su configuración actual. De esta forma, se propone una ocupación máxima bajo rasante que queda definida por un retranqueo mínimo de 3 metros a todos los linderos, sin fijar un fondo máximo. Esta propuesta no interfiere con la nueva línea límite de edificación definida por la Ley 37/2015, que queda situada en mitad de la zona verde E.L.5., a más de 14 metros de los cerramientos de parcela.

Vista la propuesta formulada por los servicios técnicos del Departamento de Urbanismo así como el informe jurídico sobre la misma que obra en el expediente, es por lo que esta Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, acuerda:

1. Aprobar inicialmente la Modificación Puntual número 6 del Plan Parcial “El Juncal”, cuyo objeto se limita a la adaptación de la línea límite de edificación bajo rasante en el lado noroeste de la autovía A-1 a su paso por el ámbito del Plan Parcial “El Juncal”, de conformidad con lo establecido en la nueva Ley de Carreteras del Estado, Ley 37/2015, aprobada con fecha de 10 de septiembre de 2015.

2. Someter el expediente a información pública por plazo de un mes, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un periódico de los de mayor difusión en la localidad y mediante los medios telemáticos a que se refiere el artículo 70 ter, número 2, de la Ley 7/1985 citada; plazo durante el cual el expediente podrá ser examinado y formuladas cuantas alegaciones se estimen pertinentes.

3. Remitir a la Dirección General de Aviación Civil el documento completo de la Modificación Puntual número 6 del Plan Parcial “El Juncal”, con el fin de que, por la misma, se evacúe el correspondiente informe por los trámites del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas, modificado por Real Decreto 297/2013, y en aplicación de la resolución de la Dirección General de Aviación Civil, de 24 de noviembre de 2014.

4. Dar traslado de este expediente, con el Documento Ambiental Estratégico, al órgano ambiental al que se refiere la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, así como a los restantes organismos y entidades que, por razón de los intereses por ellos gestionados, deban emitir informe durante el mismo período de información pública; todo ello en los términos de los artículos 57.b) de la Ley 9/2001, del Suelo citada y de la legislación ambiental de aplicación».

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como, asimismo, formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 11 de abril de 2016.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/14.142/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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