Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2016

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160421-21

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

URBANISMO

21
Alpedrete. Urbanismo. Interpretación normas subsidiarias

El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de marzo de 2016, acordó la aprobación inicial del expediente de Interpretación de las vigentes Normas Subsidiarias siguiente: admisión del uso “Huertos Urbanos” en las áreas de zona 08. Sistema de espacios libres y zonas verdes, Grado 1 Zonas ajardinadas y áreas de juego infantil, con la siguiente definición:

Huertos urbanos: espacios no edificados destinados fundamentalmente a plantaciones de arbolado y jardinería, admitiéndose varios tratamientos del suelo, cuyo objeto es garantizar la salubridad, reposo y esparcimiento de la población, la protección y aislamiento entre zonas que lo requieran y la obtención de mejoras ambientales.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y 168 y 169.1 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Alpedrete, a 11 de abril de 2016.—El alcalde, Carlos García-Gelabert Pérez.

(03/13.165/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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